A través del Decreto Ejecutivo 116, el presidente de la República, Daniel Noboa, reformó el Reglamento a la Ley para Estimular y Controlar la Producción y Comercialización del Banano, Plátano (Barraganete) y otras Musáceas Afines, por lo que ahora podrá ordenar, de forma excepcional, la revisión de los precios del banano, plátano y otras musáceas.
En el documento, suscrito el 10 de septiembre de este año, se indica que en dicha normativa se agregue un nuevo ítem a continuación del artículo 3, el cual dice: “Art. 3.1.- Revisión del precio mínimo. – En cualquier momento del año, y de forma excepcional, el presidente de la República podrá disponer a la Autoridad Agraria Nacional que emita el respectivo acuerdo ministerial con una nueva fijación de los precios mínimos de sustentación y precios referenciales F.O.B. (valor de la mercancía puesta a bordo de un transporte marítimo)….”.
Además, menciona que los nuevos valores se mantendrán provisionalmente hasta que se organicen las mesas de negociación establecidas en la Ley y este Reglamento; y se determinen los precios definitivos.
También, el Decreto posee una Disposición General Única que faculta a la Autoridad Agraria Nacional o su equivalente a emitir, modificar y actualizar la normativa secundaria necesaria para la aplicación de la reforma, en coordinación con otras entidades competentes.
En la actualidad, el precio mínimo de sustentación de la caja de banano es de $ 7,25, un aumento de $ 0,40 respecto al precio de 2024. Este valor está vigente hasta el 31 de diciembre de 2025.
Mientras que del plátano de exportación barraganete, el precio de la caja ha variado significativamente en los últimos meses de 2025, llegando a costar entre $10 y $16 por caja.